lunes, noviembre 22, 2010

ESTE 25 DE NOVIEMBRE ¡ATENCIÓN!

Autora: Anahí Espíndola Pérez
Publicado: E-consulta, 16 de noviembre de 2010

     El marco ético jurídico de los derechos humanos en defensa de las mujeres
     El 25 de noviembre se conmemora el "Día internacional contra la violencia hacía las mujeres", los noticieros le inundarán con información sobre este grave problema. Le recomendamos que usted preste atención a las notas en dos sentidos: 1) el tratamiento que los periodistas dan a las mujeres que sufren de violencia; y 2) si la información contenida le permite saber si la respuesta del Estado, en sus distintos órdenes de gobierno, ha sido eficiente para enfrentar el problema.
     Con respecto al tratamiento de las mujeres en las notas, le anticipamos que muchas de ellas terminan por culpabilizar a quienes sufren violencia y a favorecer la impunidad de los hombres que la ejercen. Con frecuencia, verá que las notas inician mencionando lo extendido del problema en nuestro país y lo indignante que es. Sin embargo, conforme se narren casos particulares, aparecerán frases similares a: "ella aguantó muchos años hasta que...", "con frecuencia era golpeada y ella no hacía nada por temor"; "cuando por fin tuvo el valor de denunciar..."
     Aunque contengan o provengan de la propia voz mujeres que narran su experiencia, estas frases confunden porque dan la idea de un peso muy grande de voluntad o aceptación de las mujeres para recibir la violencia y para frenarla. En contraste, se menciona poco la actuación del hombre violento ¿Cuántos de ellos recuerda que aparezcan en reportajes anteriores contando su experiencia de control sobre su pareja?
     Se ha documentado que para obtener el control de manera violenta hay un proceso que dura muchos años y va aumentando en intensidad con el tiempo. Inicia con insultos y humillaciones, pasa al aislamiento de la pareja (que se aleja de amigos y familiares) hasta llegar a los golpes o heridas con armas (o la muerte).
     Por lo tanto, la violencia se ejerce contra la voluntad del otro. Es un acto dirigido por quien ejerce la violencia, no por quien la recibe. Por eso la definición en la Ley de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia del Estado de Puebla (2007) contiene las sentencias: "el acto abusivo de poder u omisión intencional, dirigido a dominar, someter, controlar, o agredir" "ejercida por cualquier persona que tenga o haya tenido relación de parentesco por consanguinidad o afinidad..." (subrayado nuestro).
     Difícilmente una persona que sufre violencia tendrá consciencia clara del sometimiento de su voluntad, pero sí tendrá bastante culpa: si sufre todavía de violencia por haberla "provocado"; si está en proceso de recuperación por "no darse cuenta". Entonces cuando uno sólo ve la posición de quien la sufrió, y no le han informado adecuadamente del tema, será fácil que acepte la visión del sometido y que lo juzgue.
     Precisamente, la intervención para víctimas de violencia inicia por hacer consciente a las mujeres de la violencia que están viviendo y de liberarlas de la culpa por haberla sufrido Al contrario de los programas dirigidos a hombres violentos, cuyo principio es lograr hacerlos responsables de la violencia que ejercen y de sus consecuencias. De eso se deberían tratar las campañas de prevención: de saber identificar la violencia y de reconocer que posición jugamos frente a ella en nuestro entorno ¿La sufrimos? ¿La ejercemos? ¿Cómo ayudarnos en ambos casos?
     Juzgar y culpabilizar a la víctima por su situación de violencia, a menudo no sólo se limita al hecho de señalarla por no salir de su situación, sino que se extiende a la condena por las actitudes de su pasado que la llevaron a vivir con un hombre violento. La "transferencia de responsabilidades a la víctima", es el término adecuado para describir todo este fenómeno y es una práctica común entre la comunidad, en proporción directa a nuestra desinformación con respecto al tema de violencia.
     Empero tiene consecuencias enormes cuando la practican autoridades y operadores de programas, quienes con frecuencia declaran frases como estas: "Las mujeres se exponen debido a que no se cuidan"; "La violencia es un acto permitido por algunas mujeres que no cuentan con información o educación"; "Cuántas mujeres que son víctimas de violencia no saben que es un delito"; "El sistema funciona, las leyes funcionan, el problema es que la gente no sabe utilizarlos"; "La mujer que es víctima de la violencia no cree en las instituciones y opta por no denunciar".
     Todas las mujeres tenemos el derecho a vivir una vida libre de violencia. El Estado es responsable de vigilar, defender y proteger los derechos humanos. En el caso de la violencia masculina contra las mujeres, está obligado a combatirla impulsando todas las medidas necesarias para garantizar la dignidad, el absoluto control y la libertad sobre sus vidas y sus cuerpos. Por lo mismo, la actuación del Estado se evalúa no en términos únicamente del fenómeno (si suben o bajan las mujeres violentadas) sino en los instrumentos jurídicos y de política pública efectivamente impulsados para educar a la comunidad, castigar a quienes ejercen violencia, defender a quienes la reciben, etc.
     ¡Cuidado! Cuando cargamos la culpa de la violencia a las propias mujeres que la sufren, favorecemos su aislamiento y la impunidad de quienes la ejercen, normalmente hombres. Este 25 de noviembre, usted cuestione: ¿Se trata adecuadamente a las mujeres que sufren violencia? Los actos conmemorativos del gobierno ¿son actos a favor de los derechos humanos o se quedan en conmemorativos?

     El marco ético jurídico de los derechos humanos en defensa de las mujeres.
    

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